Nacionalidad española por residencia: plazos y exámenes
Para la nacionalidad española por residencia hacen falta, con carácter general, diez años de residencia legal y aprobar dos exámenes del Instituto Cervantes, la CCSE y la DELE. Para muchos expedientes de extranjería es la línea de meta, y casi siempre llega con esas dos preguntas. Vamos con las dos, claras, y con los casos en que los años bajan.
01Los años de residencia
El plazo general es de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Pero ese número baja bastante en varios supuestos: cinco años para quienes han obtenido asilo o la condición de refugiado; dos años para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí; y un año en casos como haber nacido en territorio español o llevar un año casado con una persona española, sin estar separado (artículo 22 del Código Civil).
Y no basta con el tiempo: también se exige acreditar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración.
02Los exámenes: CCSE y DELE
Con carácter general hay que superar dos pruebas del Instituto Cervantes: la CCSE, de conocimientos constitucionales y socioculturales de España, y la DELE, de lengua española. De la prueba de lengua están exentas las personas nacionales de países donde el español es idioma oficial.
03Un procedimiento propio, sin modelo EX
Aquí hay una diferencia importante con el resto de trámites: la nacionalidad por residencia no se pide con un modelo EX, sino por un procedimiento electrónico propio del Ministerio de Justicia. Y atención al final del camino: una vez concedida, hay que jurar o prometer en los ciento ochenta días siguientes a la notificación, o la concesión caduca (artículo 21.4 del Código Civil).
04¿Qué hace GOexperto en un expediente de nacionalidad?
GOexperto gestiona el expediente de nacionalidad con sus fechas, su estado y su documentación, y genera el mandato de representación de nacionalidad firmado. Si llega un requerimiento, te recuerda que en nacionalidad el plazo suele ser de tres meses (Orden JUS/1625/2016), y la fecha límite la apuntas tú.
Y en la ficha del cliente guarda la fecha a partir de la cual podrá pedir la nacionalidad. Cuando llega por la DEHU una resolución de residencia, la app la propone sumando los años del artículo 22.1 del Código Civil (dos o diez, según el país de origen), y una persona la confirma, porque lo que la app no puede saber, como un matrimonio con una persona española, cambia la cuenta. Esa fecha avisa sola cuando se acerca. El plazo de la jura, en cambio, no lo calcula.
05Preguntas frecuentes
¿Cuántos años de residencia se necesitan para la nacionalidad?
El plazo general es de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Se reduce a cinco para personas refugiadas, a dos para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y para sefardíes, y a un año en supuestos como haber nacido en España o llevar un año casado con una persona española. Confirma tu caso en la fuente oficial.
¿Qué exámenes hay que aprobar?
Con carácter general, la prueba CCSE y la prueba DELE del Instituto Cervantes. De la de lengua están exentas las personas nacionales de países donde el español es idioma oficial.
¿La nacionalidad usa un modelo EX?
No. Se tramita por un procedimiento propio del Ministerio de Justicia. GOexperto gestiona el expediente y genera el mandato de representación de nacionalidad.
¿Cuánto plazo hay para contestar un requerimiento de nacionalidad?
Suele ser de tres meses, no de diez días: lo concede la Orden JUS/1625/2016, y mientras tanto queda en suspenso el plazo para resolver. Manda lo que diga el propio requerimiento. Revisado el 6 de octubre de 2026.